📅 Publicación DOF: 11 de agosto de 2025
⏳ Vigencia de la dispensa: 22 de julio de 2025 al 21 de julio de 2026
La Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia aprobó la Decisión No. 124, que prorroga por un año la dispensa temporal establecida en la Decisión No. 119 (mayo 2024). Esta medida permite que ciertos bienes textiles y del vestido elaborados en Colombia utilicen insumos producidos fuera de la zona de libre comercio sin perder el trato arancelario preferencial previsto en el Tratado.
La decisión se sustenta en el dictamen del Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI), que acreditó la incapacidad de los productores de obtener, en condiciones comerciales normales, algunos materiales dentro de la zona.
¿Qué permite la Decisión No. 124?
Autoriza a que, durante la vigencia señalada, los productores colombianos utilicen materiales específicos de origen extrazona para fabricar ciertos textiles y prendas, que podrán exportarse a México con arancel preferencial, siempre que cumplan con:
- Las reglas de origen aplicables.
- Las cantidades máximas de insumo autorizadas.
- La certificación de origen con leyenda específica indicando el uso de la dispensa y el monto de insumo extrazona utilizado.
- La expedición de un certificado por cada subpartida (6 dígitos) en caso de exportar varias clasificaciones.
Insumos autorizados y cantidades máximas
Fracción Arancelaria (Colombia) | Descripción del insumo | Cantidad autorizada (kg netos) |
---|---|---|
5402.33.00.00 | Hilados de poliéster texturizado, crudo, semi-mate | 5,625 |
5402.45.00.00 | Hilados de poliamida, colores varios, teñido en masa | 1,312.5 |
5402.31.00.00 | Hilados de poliamida 6.6, reciclado, color crudo | 6,000 |
5402.44.00.10 | Hilados de elastano, semibrillante, clororesistente | 7,200 |
Mecanismos de control
- México podrá verificar el uso de la dispensa en cualquier momento solicitando información a Colombia.
- Cualquier solicitud de prórroga o aumento de montos deberá seguir el procedimiento del Tratado y del Reglamento de Operación del CIRI.
- Las condiciones y cantidades están sujetas a monitoreo y cumplimiento estricto por parte de las autoridades competentes.
Impacto para comercio exterior y la industria textil
Para exportadores colombianos, esta dispensa ofrece flexibilidad para abastecerse de insumos fuera de la región y mantener acceso preferencial al mercado mexicano.
Para importadores mexicanos y agentes aduanales:
- Se mantienen beneficios arancelarios en productos específicos.
- Es esencial verificar que el certificado de origen cumpla con los requisitos textuales de la Decisión 124.
- Puede representar oportunidades de abasto competitivo en la industria de la confección y moda.
La prórroga de esta dispensa fortalece la integración comercial y la competitividad del sector textil–confección en la región, garantizando el suministro de insumos esenciales y asegurando que el flujo comercial entre México y Colombia mantenga condiciones preferenciales.
México y Colombia amplían dispensa temporal para insumos textiles fuera de la zona de libre comercio