El Diario Oficial de la Federación (DOF) del 4 de septiembre de 2025 publicó el Decreto por el que se da a conocer el listado de plaguicidas prohibidos en el territorio nacional, emitido por la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum.
La medida responde al compromiso del Estado de garantizar el derecho a la salud, a la alimentación nutritiva y a un medio ambiente sano, en concordancia con los artículos 4, 131 y 133 de la Constitución, así como con convenios internacionales como Rótterdam y Estocolmo.
Puntos clave del decreto:
- Prohibición total: Se restringe la producción, importación, exportación, comercialización, distribución, almacenamiento, uso y disposición final de 35 plaguicidas, entre ellos DDT, Lindano, Aldicarb, Carbofurano, Endosulfan y Paratión.
- Aplicación obligatoria: Todas las personas y entidades deberán cumplir la disposición. Las autorizaciones y registros existentes serán revocados en un plazo de 10 días hábiles.
- Excepciones limitadas: Solo podrán importarse con fines científicos o de control, previa autorización de la Cofepris.
- Disposición final: Los productos en existencia deberán eliminarse en un plazo máximo de 6 meses, conforme a la regulación vigente.
- Alineación internacional: La prohibición coloca a México en línea con la tendencia global de transición hacia prácticas agrícolas más seguras y sostenibles.
La medida busca proteger la salud humana y los ecosistemas, reduciendo riesgos asociados a enfermedades crónico-degenerativas, cáncer, alteraciones endocrinas y daños neurológicos vinculados a la exposición prolongada a estos químicos. Asimismo, fortalece la soberanía alimentaria y la inocuidad de los alimentos en el país.
México prohíbe 35 plaguicidas altamente peligrosos