La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Decisión No. 127 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia, mediante la cual se autorizan nuevas dispensas temporales para el uso de ciertos insumos textiles producidos fuera de la zona de libre comercio.
La medida permitirá que determinados bienes textiles y prendas de vestir fabricados en Colombia continúen recibiendo trato arancelario preferencial al exportarse a México, aun cuando utilicen ciertos materiales no originarios, debido a la falta de disponibilidad suficiente de estos insumos dentro de la región.
Principales puntos de la Decisión No. 127
- Se aprobó un incremento temporal en el monto autorizado de un insumo textil clasificado en la fracción 5402.33.00.00 (hilados de poliéster con PBT), con un volumen máximo de 110,000 kilogramos netos. Esta dispensa estará vigente del 27 de mayo al 17 de septiembre de 2026.
- También se autorizó una prórroga de dispensa temporal para el insumo clasificado en la fracción 5402.44.00.10 (hilados elastoméricos tipo elastano), con un monto de 3,600 kilogramos netos, vigente del 27 de mayo de 2026 al 26 de mayo de 2027.
- Los beneficios aplican a diversos productos textiles y del vestido elaborados totalmente en Colombia, siempre que cumplan con las reglas de origen y demás requisitos establecidos en el tratado comercial.
La decisión establece que las mercancías estarán sujetas a mecanismos de verificación y certificación de origen. Además, los certificados de origen deberán incluir una leyenda específica indicando que los productos fueron elaborados utilizando las dispensas autorizadas bajo la Decisión No. 127.
Asimismo, México podrá solicitar en cualquier momento información adicional a Colombia para verificar el correcto uso de las dispensas otorgadas.