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Aumento en Cuota Compensatoria para Bicicletas de Niños de China

9 de octubre de 2025 por
Aumento en Cuota Compensatoria para Bicicletas de Niños de China
Mundo Aduanero
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La Secretaría de Economía (SE) ha concluido la etapa preliminar del procedimiento de revisión y ha determinado un aumento drástico en la cuota compensatoria definitiva que aplica a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China.

1. Modificación de la Cuota Compensatoria

La SE determinó que existe un cambio de circunstancias en el margen de discriminación de precios, lo que justifica la modificación de la cuota impuesta originalmente en 2015.

Cuota Compensatoria Anterior (Definitiva)

$13.12 dólares por pieza

Nueva Cuota Compensatoria (Preliminar)

$57.19 dólares por pieza

Producto y Periodo de Revisión

  • Producto Objeto de Revisión: Bicicletas para niños, rodadas de 10 a 20 pulgadas.

  • Clasificación Arancelaria: Fracción 8712.00.05 de la TIGIE, NICO 02.

  • Periodo de Revisión Analizado: Del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024.

Argumentos de la Decisión:

  • Aumento del Dumping: La principal justificación es que el margen de discriminación de precios se ha incrementado drásticamente desde 2015 , lo que indica que la cuota anterior ($13.12) no fue suficiente ni efectiva para contener la práctica desleal.

  • Precio de Exportación: El precio promedio de importación fue el más bajo observado en años anteriores, confirmando la persistencia de la práctica desleal con precios cada vez más agresivos.

  • Doble Protección (Desestimada): La SE desestimó el argumento de los importadores (CMA) de que aplicar la cuota compensatoria junto con el arancel temporal del 35% (vigente desde abril de 2024 ) constituía una "doble protección" abusiva. La SE aclara que:

    • La Cuota Compensatoria es una medida correctiva con fines extrafiscales, para neutralizar el daño por dumping.

    • El Arancel es un impuesto con fines recaudatorios y preventivos, con objetivos y vigencia distintos a la cuota.

    • Por lo tanto, no existe jurídicamente una "doble protección", sino la coexistencia de instrumentos legítimos.


  • La SE confirmó que el procedimiento de revisión debe continuar, a pesar de que existan litigios judiciales pendientes sobre la cuota original, conforme a lo establecido en el Artículo 68 de la Ley de Comercio Exterior (LCE).

Implicaciones para Importadores

  • Pago Obligatorio o Garantía: La nueva cuota de $57.19 dólares por pieza debe ser pagada o garantizada por los importadores.

  • Prueba de Origen: El pago no es obligatorio si se comprueba que el país de origen de la mercancía es distinto a China.

  • Plazo Adicional: Las partes interesadas comparecientes disponen de 20 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la Resolución para presentar argumentos y pruebas complementarias.


Aumento en Cuota Compensatoria para Bicicletas de Niños de China
Mundo Aduanero 9 de octubre de 2025
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